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martes, 23 de abril de 2013

PARA QUE SIRVEN LOS PLANES DE SEGURIDAD VIAL EN LAS EMPRESAS

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Los Planes de movilidad y seguridad vial en las empresas tienen como objeto analizar las condiciones de desplazamiento de los trabajadores del centro de trabajo, valorar el riesgo de accidente, y, a la vista de los resultados, proponer una serie de objetivos a alcanzar, mediante las acciones preventivas pertinentes.

 Ventajas de la elaboración de un Plan de Movilidad y Seguridad Vial
Para empezar la empresa cumple con un aspecto más en el ámbito de la prevención, en el cual la gravedad de las lesiones es muy alta. Además, derivado de la elaboración del Plan de Seguridad Vial se implantarán una serie de medidas preventivas, que permitirán reducir la posibilidad de sufrir un accidente laboral. Por otra parte, las empresas que cumplan los requisitos del R.D. 404/2010 podrán reducir sus cotizaciones por contingencias profesionales, siendo los Planes de Seguridad Vial uno de los puntos valorados para ello.
Esta reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales regulada en el R.D. 404/2010 valora, entre otros, la existencia de Planes de Movilidad y Seguridad Vial en aquellas empresas que coticen más de 5.000€.
Los plazos para la presentación y tramitación de las solicitudes para las reducción de cotizaciones por contingencias profesionales son desde el día 1 de abril hasta el 15 de mayo de cada año, las empresas incluidas en el ámbito de aplicación del R.D. 404/2010 que deseen optar al incentivo, deberán presentar su solicitud en la mutua o entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales, y las empresas que no alcancen el valor de 5.000€ de cotización por contingencias profesionales no podrán beneficiarse de las reducciones regulada en el R.D. 404/2010, pero los efectos preventivos son muy ventajosos para todas las empresas que cuentan con un Plan de Movilidad, obteniéndose reducción de la siniestralidad y una mejora en las condiciones de trabajo, derivada de las medidas preventivas que se propondrán en cada caso.
Tampoco se pueden  financiar a través de la Fundación Tripartita, pero sin embargo, las medidas preventivas derivadas del Plan de Movilidad y Seguridad Vial relativas a formación, sí pueden ser gestionadas mediante dicho sistema.
Si la empresa dispone de la evaluación de riesgos laborales, con los riesgos derivados de los desplazamientos de los trabajadores contemplados en cada puesto de trabajo afectado, estará cumpliendo con los requisitos legales aplicables.
Es posible, y ya ha ocurrido en otras ocasiones, que la autoridad laboral requiera la elaboración del Plan de Seguridad Vial, como parte de la evaluación de riesgos laborales de la empresa. Su no elaboración implicaría una sanción grave, cuyo grado mínimo alcanza los 2.046€, y su grado máximo, hasta 40.985€.

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